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Admitidos Extranjeros

Admisión extranjeros

 Pregrado:  Admitidos que terminaron el bachillerato en el exterior

 1) Extranjeros sin nacionalidad colombiana, copia pasaporte con visa de estudiante o cédula de extranjería con vigencia para cursar los estudios. (Decreto Nacional 834 de 2013)

2) Copia del acta de grado o diploma de bachiller.

 3) Convalidación título de secundaria o bachillerato ante el Ministerio de Educación Nacional de Colombia (Resolución 631 de febrero de 1997).  

Exentos provenientes de países signatarios del Convenio Andrés Bello: Bolivia, Chile, Cuba, Ecuador, España, México, Panamá, Paraguay, Perú y Venezuela.

 http://www.mineducacion.gov.co/1759/w3-article-356933.html

  4) Resultado del examen de estado para el ingreso a la educación superior aplicable en el país de origen, convalidado ante el Instituto Colombiano para la Educación Superior, No requiere convalidación si el examen se encuentra en la Resolución ICFES que reconoce la validez de algunos exámenes a nivel internacional.

         https://www.icfes.gov.co/4-3-examenes-reconocidos-por-el-icfes/

Decreto 869 de 2010, artículo 4 Reconocimiento de Exámenes presentados en el exterior. El Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación – Icfes – podrá reconocer a las personas que hayan obtenido el título de bachiller fuera del país, la validez de exámenes similares al Examen de Estado de la Educación Media, presentados en el exterior, conforme al procedimiento que establezca el lcfes para este efecto.

 5) Carta indicando la dirección de residencia en el territorio

 6) Certificación de afiliación a seguridad social o seguro médico adquirido en su país de origen.

 Nota 1: Para la convalidación (acta de grado o prueba de estado) realice el trámite de apostille en el país donde obtuvo el título (consulte con el Ministerio de Relaciones Exteriores del país donde cursó el bachillerato o en el Consulado Colombiano más cercano a su residencia).

 Nota 2:  Si la documentación se encuentra en idioma diferente al español, se requiere la traducción oficial.

  

 Pregrado:  Cédula venezolana servirá para validar el bachillerato en Colombia

El Instituto Colombiano para la Evaluación de la Educación (Icfes) expidió la resolución 298 de julio de 2020, que modifica la resolución 675 de 2019, para que los migrantes venezolanos validen el bachillerato en el país, incluida la Prueba Saber 11, con el documento de identidad venezolano.

La resolución especifica que aun cuando el documento de identidad funciona para inscribirse y realizar la validación del bachillerato en Colombia, para reclamar los resultados se debe allegar cualquier documento, certificación o acto administrativo expedido por alguna autoridad colombiana que permita verificar que se trata de la misma persona.

Entre estos se encuentra la certificación que demuestre estar inscrito en el Registro Administrativo de Migrantes Venezolanos en Colombia (RAMV), que expide la Unidad Nacional Para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD), que demuestre que esté realizando trámites para la regularización migratoria y el Registro Consular que emite la República Bolivariana de Venezuela”, dice la resolución.

El acta de grado y título de bachiller se expedirá con el DNI venezolano con el que se inscribió, sin perjuicio de que tales datos se puedan actualizar con un documento válido de identificación en Colombia cuando se posea el mismo.

Nota 1:  El Permiso Especial de Permanencia – PEP es documento suficiente para realizar la inscripción y presentación del examen, junto con la presentación de su DNI venezolano.

 Nota 2:  El Permiso por Protección Temporal (PPT) es un mecanismo de regularización migratoria y documento de identificación, que autoriza a los migrantes venezolanos a permanecer en el territorio nacional en condiciones de especiales de regularidad migratoria.

También les permite a ejercer durante su vigencia, cualquier actividad u ocupación legal en el país, incluidas aquellas que se desarrollen en virtud de una vinculación o de contrato laboral, sin perjuicio del cumplimiento de los requisitos establecidos en el ordenamiento jurídico colombiano para el ejercicio de las actividades reguladas.

Tiene vigencia hasta el 30 de mayo de 2031.

 

 Posgrado:  Admitidos extranjeros con título profesional

 1) Extranjeros sin nacionalidad colombiana, copia pasaporte con visa de estudiante o cédula de extranjería con vigencia para cursar los estudios. (Decreto Nacional 834 de 2013)

 2) Certificado original de notas del pregrado o autenticado

 3) Copia del acta de grado o diploma del título obtenido autenticada

 4) Carta indicando la dirección de residencia en el territorio colombiano 

 5) Certificación de afiliación a seguridad social o seguro médico adquirido en su país de origen.

 Nota 1: Para la convalidación (acta de grado o diploma) realice el trámite de apostille en el país donde obtuvo el título (consulte con el Ministerio de Relaciones Exteriores del país donde cursó el bachillerato o en el Consulado Colombiano más cercano a su residencia).

 Nota 2:  Si la documentación se encuentra en idioma diferente al español, se requiere la traducción oficial.

 

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